Kit Digital para PYMES y Autónomos

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Las pequeñas y medianas empresas son una parte fundamental de la economía y su éxito depende del marketing y la publicidad; desde el diseño de estrategias de branding que destacan la singularidad de cada una, hasta la implantación de campañas digitales que atraen a clientes potenciales. En nuestro país tienen mucha importancia, ya que son una fuente de empleo y contribuyen al crecimiento económico y para algunas, llevar a cabo esas estrategias de marketing, publicidad y digitalización, puede ser un desafío económico en el que es importante invertir. Por eso, existen diversas ayudas, y una de las más importantes es el  programa de ayudas del Kit Digital.

Queremos ayudaros y, para ello, os dejamos información de interés acerca del Kit Digital.

KIT DIGITAL

  1. ¿Qué es?

    El programa de ayudas Kit Digital es una iniciativa del gobierno, financiado por la Unión Europea y con un presupuesto de 3.067 millones de euros. Su objetivo principal es ayudar a las PYMES y a los autónomos a modernizarse digitalmente. 

    El Kit Digital forma parte de varios planes importantes, como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.

2. ¿Qué puedo hacer en mi empresa con el bono digital?

  • Mejorar mi página web y su presencia en Internet
  • Gestionar las redes sociales
  • Reforzar la ciberseguridad
  • Garantizar las comunicaciones seguras
  • Ampliar la gestión de clientes
  • Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual
  • Implantar la facturación electrónica
  • Generar una plataforma de Marketplace (centro comercial online) que agrupe varias tiendas en el mismo sitio web.

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3. ¿Qué no puedo hacer en mi empresa con el bono digital?

Aparte de no ser subvencionable el Impuesto sobre Valor Añadido (IVA), el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI), tampoco lo son conceptos como:

  • Los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades (IRPF) y otros tributos, de tipo nacional, autonómico o local
  • Los intereses de las deudas
  • Los intereses de las sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos originados de procedimientos judiciales
  • Gastos financieros
  • Gastos de infraestructura y obra civil
  • Terrenos
  • Hardwares
  • Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet
  • Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, de gestoría o similares)

4. ¿A cuánto asciende la ayuda?

Con la ayuda del Kit Digital podrías contar con un mínimo de 2.000€ y un máximo de 12.000€ para invertir en la digitalización de tu empresa. La cantidad exacta que una empresa puede recibir depende de cuántas personas trabajan en ella.

segmentos de beneficiarios

5. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el kit digital?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo
  • Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresas
  • Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria
  • No estar considerada una empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía

6. ¿Cómo solicitar el kit digital?

  1. Regístrate en la plataforma Acelera pyme y realiza el test de diagnóstico digital para comprobar tu nivel de digitalización.
  2. Consulta las soluciones de digitalización disponibles que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio.
  3. Presenta la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es) si cumples los requisitos requeridos.
  4. Una vez concedido el bono, elige un agente digitalizador autorizado y firma un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que hayas elegido.
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7. ¿Cuántas convocatorias hay abiertas?

Hay 4 convocatorias activas del programa Kit Digital. Las empresas y autónomos con menos de 50 empleados y que cumplen los requisitos pueden solicitar las siguientes ayudas:

8. ¿Cuándo termina el plazo de presentación de las solicitudes?

Las empresas de todos los segmentos pueden presentar su solicitud para el Kit Digital hasta el 31 de diciembre de 2024, a las 11:00 horas.

Si quiere disponer de estos servicios y trabajar con nosotros, puede contactarnos mediante nuestro correo electrónico (hola@sinergiame.com) o rellena el formulario de contacto aquí.

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